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Judicial

Cámara anula absolución de exdirectores de Centros Penales y ordena nuevo juicio

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La Fiscalía General de la República (FGR), dio a conocer ayer viernes que una Cámara de esa jurisdicción, anuló el fallo favorable con el cual fueron absueltos de cargos los exdirectores de Centros Penales, Nelson Rauda Portillo y Rodil Fernando Hernández Somoza, en septiembre de 2019.

Los magistrados también ordenaron que los imputados enfrenten una nueva vista pública a cargo de un tribunal diferente y que ya fue designado. Ambos, enfrentan los delitos de Actos Arbitrarios y Administración Fraudulenta, en perjuicio de la Administración Pública y Patrimonio de la Población Reclusa de diversos centros penitenciarios del país.

Así lo dio a conocer ayer, la Unidad Fiscal Especializada Antipandillas y Delitos de Homicidios, la cual confirmó haber recibido la notificación de la Cámara Primera de lo Penal de la Primera Sección del Centro.

La resolución del Alto Tribunal se originó de la apelación presentada por el equipo de fiscales.

En la misma, argumentaron a los magistrados que existió una interpretación errónea, respecto a las declaraciones de testigos, por parte del Tribunal Cuarto de Sentencia.

A criterio de la FGR, en el juicio anterior, en cuanto al delito de Administración Fraudulenta no existió insuficiencia probatoria, dado que sí se presentaron los testigos pertinentes al juicio y se incorporaron las respectivas denuncias y documentos que sustentaron el mal manejo de fondos en las tiendas institucionales del sistema penitenciario.

La Cámara estableció que, con la prueba vertida en el juicio, que los fondos generados por las Tiendas Institucionales se emplearon de manera indebida. El concepto de indebido, para efectos del tipo penal se refiere a una acción o un fin distinto al que legalmente se ha destinado, siendo en el presente caso el destino legal de los fondos generados por las Tiendas, en términos generales es en beneficio de la población reclusa.

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A criterio de la Cámara “se acreditó la existencia del delito y la participación de los acusados, considerando, además, que no se ofreció prueba para demostrar las autorizaciones legales para dar otro destino a los fondos. Por lo que contrario al criterio del Tribunal Cuarto de Sentencia de San Salvador, el empleo indebido se encuentra suficientemente acreditado, por la utilización fraudulenta de los fondos de las Tiendas Instituciones, cerrándose cualquier facultad discrecional”.

Respecto a los Actos Arbitrarios, se planteó en la apelación los argumentos jurídicos por medio de los cuales se establece que las actividades realizadas por los acusados sí trascienden la esfera penal y no se trataron de actos administrativos, tal como lo valoró erróneamente el Tribunal Cuarto de Sentencia.

Los magistrados resolvieron:

“Valorando en ese sentido que sí existe un cuerpo normativo específico para la actividad de las denominadas Tiendas Institucionales, y que el hecho de que no tenga calidad de ley en sentido formal y material estricto, no puede ser considerado como carente de importancia, desprovista de coercibilidad, que manda, prohíbe o permite. Lejos de eso, por tratarse de Manuales Administrativos, que sirven como medio de comunicación para transmitir información y fijar las actividades que se desarrollan respecto de determinado rubro, el grado de exigencia es especial para ciertos funcionarios en particular, lo cual reviste de especial importancia para el delito de Actos Arbitrarios”.

“… por lo tanto la decisión de Absolver a los imputados por el delito de Actos Arbitrarios, fue contraria al material probatorio que desfiló en la Vista Pública, y es el suficiente para determinar la existencia de obligaciones y prohibiciones dirigidas a los imputados debido al cargo que desempeñaron como Directores Generales de Centros Penales y que de igual forma el material probatorio se puede determinar la existencia de decisiones y órdenes adoptadas por los imputados en contravención a las funciones propias de su cargo o transgrediendo prohibiciones expresas”, indica literal parte de la resolución.

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Es así como la Cámara resolvió anular la sentencia absolutoria para ambos involucrados y que fue pronunciada por el Tribunal Cuarto de Sentencia de San Salvador. Además, designó al Tribunal Quinto de Sentencia de San Salvador, como tribunal reemplazante para la celebración del nuevo juicio.

Finalmente, se espera que en los próximos días sea trasladada la causa penal al Tribunal, que ha sido asignado, para que programe la fecha y hora para el desarrollo de la nueva vista pública.

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Judicial

Capturan a pandilleros acusados de varios crímenes en Santa Ana

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La guerra contra las pandillas que mantiene firme el Gobierno del presidente Nayib Bukele continúa golpeando los remanentes de estas estructuras criminales y haciendo que sus integrantes sean llevados ante la justicia para que paguen por los crímenes contra la población salvadoreña.

A través de un nuevo operativo, la Fiscalía General de la República (FGR) ordenó la captura de 29 integrantes de la estructura terrorista Barrio 18 Sureños, quienes delinquían en diferentes partes de Santa Ana, entre estas, el cantón Valle del Matazano.

Con las capturas e intimaciones, la FGR está resolviendo varios casos de homicidio agravado, desaparición de personas, proposición y conspiración en el delito de homicidio agravado y agrupaciones ilícitas, detallaron fuentes fiscales.

Entre los detenidos están Óscar Omar Castaneda Arriola, Douglas Rigoberto Barrera Rosales, Selena Maribel Monterrosa Romero y Marcos Ovidio Marroquín Escobar, quienes fueron detenidos en el cantón Valle del Matazano y Los Naranjos, de Santa Ana, y en el cantón Ayutepeque, de Chalchuapa.

Mientras que el resto de los involucrados ya guarda prisión en el Centro de Confinamiento del Terrorismo (Cecot) y en los centros penales de Izalco, San Vicente, San Francisco Gotera y La Esperanza, conocido como Mariona, donde se les notificaron los nuevos delitos.

Entre los casos resueltos con este operativo se encuentra un triple homicidio ocurrido el 10 de junio de 2020 en la finca Santa Rosa, del cantón Valle del Matazano.

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Judicial

Cárcel a hombre que violó en reiteradas ocasiones a menor de edad

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Camilo Arnoldo Mena recibió una condena de 20 años de prisión por haber sido declarado culpable de la violación de una menor de edad. Las agresiones fueron cometidas por el imputado en marzo de 2022, en el caserío Jicarito, cantón El Coco, Chalchuapa, Santa Ana.

Según la investigación, el imputado tenía una tienda y en horas de la noche la víctima llegó a comprar, él le dijo que el producto se lo entregaría por el portón, aprovechando ese momento para tomar por la fuerza a la menor y agredirla sexualmente.

Luego el imputado la amenazó para que no comentara nada de lo sucedido.

En una segunda ocasión, el imputado la volvió a agredir pero esta vez la menor decidió contarle a un familiar, quien denunció a Mena.

La Fiscalía presentó prueba, documental, pericial y testimonial que demostraron la culpabilidad del imputado, logrando que el Tribunal Segundo de Sentencia de Santa Ana impusiera la pena.

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Judicial

Profesor de Quezaltepeque es condenado a 18 años de prisión por acosar a cinco estudiantes

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Carlos Balmore Valdez Morales fue condenado a 18 años de prisión por acosar a 5 estudiantes de octavo grado, en Quezaltepeque, La Libertad.

Según la información de la Fiscalía, los acosos sucedieron en reiteradas ocasiones durante los meses de mayo a noviembre de 2022, el imputado era el docente de las víctimas.

«De acuerdo con las investigaciones, el profesor se aprovechó de la cercanía y autoridad que tenía con sus alumnos para incitarlos a tener relaciones sexuales entre ellos y les invitaba a dormir en su casa, donde los tocaba indebidamente», señaló el fiscal del caso.

La fuente fiscal detalló que Valdez Morales mantenía amenazadas a las víctimas para que cumplieran con sus órdenes o de lo contrario les bajaría las calificaciones; por miedo los menores también callaron.

«En el año 2023, tras cambios de administración y docencia, las víctimas pudieron contar lo que estaban viviendo y los familiares denunciaron al imputado ante las autoridades y ante la Junta de la Carrera Docente para iniciar con las pertinentes investigaciones», indicó el fiscal.

La sentencia fue decretada por el Tribunal Primero de Sentencia de Santa Tecla, el cual valoró la prueba documental, pericial y testimonial que presentó el fiscal del caso en el juicio.

Según reportes de la Fiscalía, 12 profesores fueron condenados por delitos sexuales entre 2021 y 2023. La incidencia de las agresiones sexuales de docentes contra estudiantes dista mucho de las cometidas en años anteriores, por ejemplo, entre 2015 y 2020 un total de 125 docentes fueron denunciados por violencia sexual, según los registros del Tribunal de la Carrera Docente, dependencia del ministerior de Educación.

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En otro caso, el pasado 10 de marzo, Mario Arístides Velasco Moreno fue condenado a 26 años y 8 meses de prisión por el delito de violación en menor e incapaz agravada en modalidad continuada. Según la Fiscalía, los hechos sucedieron entre el 2018 y 2020, en la casa de habitación de la víctima, ubicada en la colonia Málaga, al sur de San Salvador.

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